ART. 4. Plan Anual de Adquisiciones. Las Entidades Estatales deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año. En el Plan Anual de Adquisiciones, la Entidad Estatal debe señalar la necesidad y cuando conoce el bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales la Entidad Estatal pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha aproximada en la cual la Entidad Estatal iniciará el Proceso de Contratación. Colombia Compra Eficiente establecerá los lineamientos y el formato que debe ser utilizado para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones.
CAPÍTULO IV Plan Anual de Adquisiciones
Concordancias: Ley 80 de 1993, ART. 25, Num. 12. Del principio de Economía. Ley 1474 de 2011, ART. 74. Plan de acción de las Entidades Públicas. ART. 87. Maduración de proyectos.
Guía para Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones. REF.G-EPAA-01.