En ejecución de un convenio especial de cooperación técnica y científica si se entregan recursos a una corporación de participación mixta de ciencia y tecnología dejarán de ser públicos, sin perjuicio del control fiscal sobre los mismos a cargo de la Contraloría General de la República
Tipo de Documento
ConceptoDocumento
CTO-CE-1384-2002Identificadores
Contratación directaLicitación pública
Corporaciones y fundaciones de participación mixta
Contratación estatal
Contratación directa
Licitación pública
Corporaciones y fundaciones de participación mixta
Contratación estatal
Entidad
Consejo de EstadoConcepto
CTO-CE-1384-2002Problema Jurídico
¿Cuál es el régimen contractual aplicable a las Corporaciones de Participación Mixta de Ciencia y Tecnología, en relación con la celebración y ejecución de Convenios Especiales de Cooperación Técnica y Científica?
Regla ampliada
Cuando está ejecución de un convenio especial de cooperación técnica y científica, y se entregan a una corporación de participación mixta de ciencia y tecnología recursos, éstos dejan de ser públicos para volverse privados, sin perjuicio del control fiscal sobre los mismos establecido a cargo de la Contraloría General de la República. Los administradores de la corporación tienen el deber de efectuar con tales recursos las diligencias administrativas, financieras, presupuestales y contables necesarias para el cumplimiento de la finalidad estipulada en el convenio, en razón a que:
- Se entiende que la entidad estatal que entrega aportes en cualquiera de las dos modalidades de asociación, sea la creación de una sociedad o corporación, o la celebración de un convenio especial de cooperación, los ejecuta presupuestalmente cuando la sociedad o corporación los recibe efectivamente. En el caso del convenio, la sociedad o corporación ejecuta presupuestalmente los recursos cuando efectúa los pagos en cumplimiento del objeto del mismo.
Marco jurídico
Ley 996 de 2005.Artículo 33.Caso
CONSULTA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL SOBRE CORPOICA. ADICIÓN A LOS CONCEPTOS NOS. 1.330 Y 1.348. CONVENIOS ESPECIALES DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA CELEBRADOS ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Y LAS CORPORACIONES DE PARTICIPACIÓN MIXTA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
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