La Contraloría Distrital puede celebrar contratos con organizaciones de carácter civil con el objeto de ejercer control fiscal en las localidades del Distrito Capital
Tipo de Documento
ConceptoDocumento
CTO-CE-873-1996Identificadores
Ley 80 de 1993Control
Contratación estatal
Ley 80 de 1993
Control
Contratación estatal
Entidad
Consejo de EstadoConcepto
CTO-CE-873-1996Problema Jurídico
¿Puede la Contraloría Distrital celebrar contratos con Organizaciones de carácter civil con el objeto de ejercer control fiscal en las localidades del Distrito Capital?
Regla
La Contraloría Distrital puede celebrar contratos con Organizaciones de carácter civil con el objeto de ejercer control fiscal en las localidades del Distrito Capital porque :
- Cada una de las contralorías (la General de la República, las departamentales, las distritales y las municipales) están concebidas como entidades técnicas dotadas de autonomía administrativa, presupuestal y contractual.
- La Contraloría de Santafé de Bogotá carece de la capacidad física, logística, de recurso humano suficiente para atender en forma eficiente y eficaz el control fiscal de tales entes, lo cual, en sentir de la Contraloría, justifica la implementación de un sistema de control fiscal, contratado con entidades privadas que involucren a la comunidad.
Marco jurídico
Ley 42 de 1993.
Ley 80 de 1993.
Caso
CONSULTA DE LA CONTRALORÍA DE SANTA FE DE BOGOTÁ SOBRE EL CONCEPTO PREVIO EN LOS CONTRATOS PARA LA VIGILANCIA DE LA GESTIÓN FISCAL DE LAS LOCALIDADES DEL DISTRITO CAPITAL
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