La Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en liquidación puede aplicar, en la contratación que debe desarrollar en orden a su liquidación final, las normas propias de la liquidación de entidades de este sector previstas en el Estatuto Orgánico del Sector Financiero
Tipo de Documento
ConceptoDocumento
CTO-CE-1649-2005Identificadores
LiquidaciónContratación estatal
Entidades financieras
Ley 80 de 1993
Liquidación
Contratación estatal
Entidades financieras
Ley 80 de 1993
Entidad
Consejo de EstadoConcepto
CTO-CE-1649-2005Problema Jurídico
¿Puede la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en liquidación, aplicar en la contratación que debe desarrollar en orden a su liquidación final, las normas propias de la liquidación de entidades de este sector previstas en el Estatuto Orgánico del Sector Financiero, sin vulnerar las normas generales del Estatuto de contratación estatal?
Regla
La Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en liquidación puede aplicar, en la contratación que debe desarrollar en orden a su liquidación final, las normas propias de la liquidación de entidades de este sector previstas en el Estatuto Orgánico del Sector Financiero, sin vulnerar las normas generales del Estatuto de contratación estatal porque:
- El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero es “un marco normativo especial para la constitución y funcionamiento, así como también para la toma de posesión y los procesos de liquidación” de las instituciones financieras en general, incluidas las del sector público.
- Al existir un régimen especial para este tipo de entidades que rige tanto el procedimiento de toma de posesión, como el proceso de liquidación y el régimen de los actos y contratos necesarios para extinguir la entidad, éste es el que se debe aplicar.
- La aplicación de un régimen no se fundamenta en el carácter público o privado de las entidades que forman parte del sector, sino en la naturaleza de las actividades que realizan en el mercado.
Marco jurídico
Ley 80 de 1993. Artículos 2 y 32.
Caso
CONSULTA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA SOBRE LA CAJA DE CRÉDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO -EN LIQUIDACIÓN-. EL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN Y LOS ACTOS DE GESTIÓN DEL LIQUIDADOR
La metodología utilizada para la elaboración de esta ficha es de Fundación Derecho Justo quien la licenció a Colombia Compra Eficiente.

Términos y condiciones
Estimado usuario. Bienvenido a S2, Agente Virtual de Colombia Compra Eficiente. Antes de hacer uso de esta herramienta, tenga en cuenta lo siguiente:a. El propósito de S2 es resolver dudas sobre la aplicación general de las normas y las herramientas que Colombia Compra Eficiente ha desarrollado para el Sistema de Compra Pública. Las respuestas incorporadas en S2 son de carácter general y se producen de manera automática. Si usted tiene dudas concretas frente a las normas del Sistema de Compra Pública o sobre la operatividad de las plataformas SECOP I y SECOP II, le recomendamos enviarnos una consulta al siguiente link: (LINK PQRS).
b. Las respuestas de S2 tienen el alcance previsto en el numeral 5° del artículo 3° del Decreto 4170 de 2011. Los conceptos allí contenidos no son de carácter vinculante ni comprometen la responsabilidad de esta Entidad.
