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Concepto: 4201713000002662 - cobro de cartera
16-07-2018
Última BúsquedaViabilidad jurídica de un contrato que tiene por objeto el cobro de cartera de una Entidad Estatal.
Tipo de Documento
ConceptoDocumento
4201713000002662 - cobro de carteraIdentificadores
Celebración de contratoEntidades estatales
Etapa precontractual
Concepto
No, el cobro coactivo es una función administrativa que solo puede ser transferida de manera parcial a particulares a través de es la expedición de un acto administrativo y la celebración de un convenio en los términos de la Ley 489 de 1998.
- LA RESPUESTA SE SUSTENTA EN LOS SIGUIENTES ARGUMENTOS:
- El cobro coactivo es una función administrativa que implica el ejercicio del poder que tiene el Estado para cobrar deudas sin necesidad de acudir a la jurisdicción para obtener el pago.
- El proceso de cobro coactivo tiene varios pasos y cada paso tiene una etapa de preparación que comprende por ejemplo la proyección de documentos y unos actos que corresponden al cobro coactivo propiamente dicho, como lo son entre otros, la expedición del mandamiento de pago, el decreto de embargo o secuestro, la notificación, la decisión de excepciones y la celebración de acuerdos de pago.
- Los primeros pueden ser delegados en particulares mientras que los segundos son de competencia exclusiva de las Entidades estatales.
- El artículo 110 de la Ley 489 de 1998 establece que los particulares pueden ejercer funciones administrativas, siempre que la regulación, el control, la vigilancia y la orientación de la función administrativa siga en cabeza de la autoridad o Entidad Estatal titular de la función.
- En consecuencia, una Entidad Estatal puede delegar las actuaciones previas del cobro coactivo y en ese caso, debe cumplir con los requisitos establecidos para el efecto en el artículo 110 de la Ley 489 de 1998, es decir, expedir un acto administrativo y suscribir un convenio que sea producto de una convocatoria pública.
- No pueden delegarse funciones administrativas a través de un contrato de prestación de servicios sin haberse dado cumplimiento a lo ordenado por la citada Ley.
- La fijación del porcentaje de la cuota Litis debe ser definido en la etapa de planeación del contrato y debe respetar las disposiciones legales o reglamentarias que hayan al respecto.
Problema Jurídico
¿Una Entidad Estatal puede suscribir un contrato que tenga por objeto el cobro de cartera?Marco jurídico
Ley 489 de 1998, artículos 110 al 114 Consejo de Estado, Sección tercera, Sala de lo Contencioso Administrativo, sentencia de 30 de agosto de 2006, expediente 14807, C.P Alier Eduardo Hernández Enríquez. Consejo de Estado, Sección tercera, Sala de lo Contencioso Administrativo, sentencia de 17 de mayo de 2007, expediente 41001-23-31-000-2004-00369-01(AP), C.P Ramiro Saavedra Becerra.Fecha ejemplo
2018-07-17 18:30:00La metodología utilizada para la elaboración de esta ficha es de quien la licenció a Colombia Compra Eficiente.
Ficha: 4201713000002662 - cobro de cartera
Síntesis
Fichas
Documentos
Viabilidad jurídica de un contrato que tiene por objeto el cobro de cartera de una Entidad Estatal.
Normativa

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